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Juicio contra el curandero del joven que murió tras abandonar la quimio

La Audiencia Provincial de Valencia ordena que se juzgue por intrusismo al denunciado, que además pudo interferir en el tratamiento médico

Julián Rodríguez posa con una foto de su hijo Mario, hace un año en Valencia.Vídeo: Mónica Torres
Javier Salas

En julio de 2013, Mario Rodríguez falleció por una leucemia cuando tenía 21 años. Durante un tiempo, Mario estuvo compatibilizando la quimioterapia, el tratamiento aconsejado por sus médicos, con unos remedios que le recomendaba José Ramón Llorente, quien se presentaba como médico naturista. Meses antes de morir, Mario eligió abandonar la quimio, de la que desconfiaba. Desde entonces, su padre Julián inició una cruzada para evitar que haya más enfermos a los que les "coman el tarro" con la esperanza de curarse con terapias alternativas que no les pueden curar.

"No hay duda: el investigado desplegó una praxis propia de un médico, sin serlo", aseguran los magistrados

Fundó una asociación para proteger a los enfermos "de los mensajes de estos estafadores" y denunció a Llorente porque, según Julián Rodríguez, las autoridades sanitarias no hacían nada. Ahora, la Audiencia Provincial de Valencia le da la razón: el "médico naturista" debe ser juzgado "como mínimo" por intrusismo profesional, "con atentado grave contra la salud pública, en general, y daño irreversible al joven Mario en particular".

Para la Audiencia, ha quedado acreditado que Llorente se presentaba públicamente como médico, aunque con el adjetivo de naturista continuación. "Le prescribía a Mario un tratamiento que decía ser contra el cáncer, que interfería en su recuperación, por llevar algunos elementos contraproducentes, como hongos o alcohol, o imponía su autorización y visto bueno a los pasos del tratamiento médico auténtico que precisaba Mario por su leucemia, pautándole personalmente el programa de su tratamiento, ajustándole la medicación", explican los magistrados.

"No hay duda: el investigado desplegó una praxis propia de un médico, sin serlo", asegura el tribunal, que rechaza así la decisión del juez instructor, que había archivado en dos ocasiones la causa contra Llorente. Esta vez, el juzgado de instrucción ha hecho suyos los argumentos del auto de la Audiencia Provincial y ha incoado el procedimiento para la apertura de juicio oral contra Llorente; basta con que los abogados de Rodríguez presenten escrito de acusación para que el imputado se siente en el banquillo.

Para la Audiencia, ha quedado acreditado que  "le prescribía a Mario un 'tratamiento' que decía ser contra el cáncer, que interfería en su recuperación"

Julián Rodríguez, que impulsó la Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas (APETP), se muestra esperanzado por lo que pueda suponer este juicio: "Ojalá sea un comienzo para que estas cosas dejen de pasar".

Precisamente, ese es uno de los motivos por los que la Audiencia considera que se debe juzgar a Llorente, para que no "se sienta legitimado judicialmente para proseguir con tan peligrosa actividad". Según explica en su auto, el curandero figura como “experto en medicina que aborda el cáncer” y aparece en vídeos en internet "hablando con terminología de apariencia médica del cáncer, de su más ventajoso tratamiento con vitaminas, frente a la quimioterapia". En uno de ellos aparece en un despacho junto a un logo “Hospital Aquarius”, dando la apariencia de que actúa como médico, denuncian los magistrados, cuando carece de titulación.

Ante las denuncias de Rodríguez, la Sanidad valenciana hizo que Llorente retirara la placa de "medicina naturista", que el denunciado cambió por otra que reza "Centro de Terapias Naturales".

Los magistrados de la Audiencia creen que se dan los elementos del delito de intrusismo y citan una sentencia de 2005 del Tribunal Supremo: de nada sirve alegar que se dedica a una medicina alternativa, fuera de la medicina convencional que se enseña en las universidades. "Si el que ejecuta cualquiera de estas técnicas (de la supuesta medicina alternativa), antes de aplicarlas, practica exploraciones o reconocimientos clínicos, diagnóstico, pronóstico y decide una terapia determinada está incidiendo las funciones de la Medicina", indicó el Supremo. Para la Audiencia, lo relevante penalmente es la "actuación de una praxis propia de un médico aunque no se atribuye a tal condición ni hubiera engaño al respecto entre los pacientes".

Los testigos confirman la intromisión

El delito de intrusismo profesional tiene dos consideraciones en el Código Penal. La mínima se refiere a ejercer actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título, que en este caso sería actuar como médico sin la titulación. En ese caso la pena es de multa de seis hasta 24 meses. La figura agravada se produce si el culpable, además, se atribuye públicamente la cualidad de profesional. En este caso, la pena es de prisión de seis meses a dos años.

La Audiencia considera que se le debe juzgar para que no "se sienta legitimado judicialmente para proseguir con tan peligrosa actividad"

Además del intrusismo profesional, los magistrados creen que también puede ser relevante cómo los consejos de Llorente influyeron en el joven mientras se trataba con la quimio y en el momento de decidir abandonarla. Los médicos de Mario explicaron que los preparados pseudocientíficos que le daba Llorente incluían elementos contraindicados con la quimioterapia, como alcohol y hongos. En el auto se explica que los amigos de Mario declararon que el joven fallecido les dijo que el investigado le aseguró que "el tratamiento médico oficial no le iba a funcionar, que siguiera el suyo, y que le mandaba 'pastillas de brocolí' (sic)". Además, la hematóloga del joven aseguró que Mario le advirtió de "que su médico naturista le iba a ajustar la medicación".

Ni Llorente ni su abogado han querido contestar a las preguntas de este periódico, aunque el acusado reclamó que se respete su presunción de inocencia. Hace un año, Llorente aseguró a Materia que "si se equivocó [Mario], se equivocó él". "No curo enfermedades, capacitamos al organismo para potenciar su recuperación. Y si se cura del cáncer, perfecto", decía entonces este curandero, presidente de la Asociación Española de Nutrición Ortomolecular, una pseudociencia que carece de fundamento para curar enfermedades.

Consultado por este periódico, el abogado especialista en derecho sanitario Fernando Abellán encuentra paralelismos entre este caso y el del famoso Bio-Bac. Se trató de un falso remedio comercializado como antitumoral aunque no tenía ninguna capacidad curativa. "Los responsables del negocio del Bio-Bac fueron absueltos del delito contra la salud pública porque era inocuo", recuerda Abellán, que reconoce que en aquel caso no se podía acusar de intrusismo a los acusados. "La clave sería poder demostrar que los productos que le daban al joven le causaron daño", dice el abogado, que no tiene ninguna relación con este caso. Y añade: "En este caso se podría hablar también del daño moral causado por la pérdida de oportunidad, por el tiempo perdido sin usar las terapias validadas".

Actualización: En una versión anterior, se decía por error que Julián Rodríguez es presidente de APEPT. Ya no ostenta ese cargo en la asociación que impulsó.

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Sobre la firma

Javier Salas
Jefe de sección de Ciencia, Tecnología y Salud y Bienestar. Cofundador de MATERIA, sección de ciencia de EL PAÍS, ejerce como periodista desde 2006. Antes, trabajó en Informativos Telecinco y el diario Público. En 2021 recibió el Premio Ortega y Gasset.

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