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Educación se resiste a pagar a la profesora Resurrección Galera

El Ministerio pretende despachar a la docente despedida por casarse con un divorciado con un año de salarios atrasados, frente a los 11 que impuso la sentencia judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) reprochó en noviembre pasado al Ministerio de Educación que estaba actuando con "impericia, surrealismo e incoherencia" en su largo pleito con la profesora Resurrección Galera Navarro, la docente de catolicismo enviada al paro por el obispo de Almería hace 11 años por casarse por lo civil con un hombre divorciado. Pese a aquellas censuras, el conflicto sigue vivo porque Educación se resiste a cumplir la sentencia del TSJA, que confirmó una anterior del juzgado número 3 de los de Social de Almería.

Educación basa su negativa en un informe de la Abogacía del Estado, firmado por Demetrio Carmona del Barco. Lo ha remitido al juez hoy mismo el subdirector general de personal del Ministerio, Jaime Rodríguez, explicando “cómo va a dar cumplimiento” al fallo judicial. Entretanto, dice que ha dado orden de “pago de salarios, pagas extras y de la indemnización por extinción de contrato”. Añade: “Hasta que se conozca la fecha de la firmeza de la sentencia, [la profesora] seguirá dada de alta en nómina”.

¿Dónde está el conflicto? Educación pretende despachar a la docente con apenas un año de salarios atrasados, de acuerdo con el informe del abogado del Estado. En cambio, la sentencia a ejecutar deja claro que la Administración debe hacer frente a más de 11 años de “salarios atrasados”.

Lo proclama la sentencia de lo Social, ratificada en todos sus términos por el TSJA y no recurrida. Es, por tanto, firme en todos sus términos, sin remisión. Dice el fallo: “Estimando íntegramente la demanda interpuesta por Resurrección Galera Navarro frente al Ministerio de Educación, a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y al Obispado de Almería, debo declarar y declaro la nulidad del despido de que ha sido objeto y, en consecuencia, condeno a todos los demandados a estar y pasar por esta declaración y al Ministerio de Educación a readmitir inmediatamente a la demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido y con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar”.

Juan Carlos Aparicio Tobaruela, juez de lo Social de Almería, ha convocado a las partes el próximo día 21 para zanjar el asunto. En su día, este magistrado y el TSJA fallaron en favor de la profesora Galera por orden del Tribunal Constitucional, que otorgó a la docente el amparo por haber visto pisoteados por el Obispado y Educación varios de sus derechos fundamentales.

El obispado anunció entonces que no readmitiría a la docente, y el Ministerio dice ahora que solo la pagará los salarios atrasados del curso en que perdió el empleo (2001-2002), con el argumento de que “los contratos de los profesores de religión son temporales por cada curso”. El abogado del Estado argumenta incluso que la profesora Galera no demandó por el despido de los cursos restantes, año tras año, de manera que se desvinculó del empleo en 2002. Pese a todo, Educación tiene en nómina ahora a Galera Navarro, y la está pagando los salarios desde hace un año.

Cuando fue apartada de su puesto de trabajo en 2001, la profesora Galera Navarro percibía un salario mensual de 234.000 pesetas (ahora, 1.400 euros) y llevaba dando clases de religión y moral católicas desde 1994. La sentencia emitida el pasado 22 de diciembre por el TSJA no cuantifica la cifra que percibirá por el despido nulo, pero podría superar los 200.000 euros, que deberá pagar el Ministerio de Educación como "auténtico empleador", no la diócesis de Almería, pese a que el tribunal tacha al episcopado de "cooperador necesario de aquella conducta".

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