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Un juez condena a un médico a mantener al niño nacido tras un aborto fallido

El doctor aseguró a la madre que la operación había sido satisfactoria La paciente descubrió que seguía embarazada cuando era tarde para otra intervención

Una mujer es sometida a una ecografía.
Una mujer es sometida a una ecografía.LUIS SEVILLANO

El 20 de abril de 2010, una mujer de 22 años acudió a la clínica EMECE de Palma de Mallorca para que se le practicara un aborto. Estaba de menos de siete semanas y la operación se realizó aparentemente sin problemas. El 4 de mayo la paciente volvió al centro para una revisión, en la que el mismo ginecólogo que le había realizado la intervención le comunicó que había resultado satisfactoria porque en la ecografía no se apreciaba material ovular. Pero más de tres meses después, el 14 de agosto, la mujer se presentó otra vez en la clínica porque pensaba que estaba de nuevo encinta. Sorpresa: tras otra ecografía, se le informó de que no era un segundo embarazo, sino el mismo que supuestamente había sido interrumpido en abril. Según le dijo el médico, la edad gestacional era ya de 22 semanas y tuvo que seguir adelante porque estaba fuera de la ley de plazos. El niño nació en octubre de 2010.

En una sentencia pionera, el juzgado de Primera Instancia número 2 de Palma de Mallorca ha condenado ahora al médico, a la clínica y a las aseguradoras a indemnizar con 150.000 euros a la madre por daños morales y a hacerse cargo de la manutención de su hijo hasta que cumpla los 25 años con un monto total de 270.000 euros, a razón de 978,26 euros mensuales.

La sentencia estima que el doctor actuó con “una absoluta dejación de sus funciones” al practicar el aborto

La demandante ha acogido con gran satisfacción el fallo, según su abogada, Eva Munar, aunque espera que, dadas las elevadas indemnizaciones impuestas, los condenados lo recurrirán. Fuentes judiciales consideran que puede ser modificado en segunda instancia por endeblez en la argumentación. En ese caso, Munar asegura que su representada está dispuesta a llegar hasta el final y acudir al Supremo si es necesario.

El abogado del médico, Francisco Javier Clastre, confirma que va a presentar un recurso. "Puedo estar de acuerdo en la indemnización por daños morales a la madre, pero discrepo rigurosamente en lo que se refiere a la indemnización al menor. Básicamente, porque la demanda pedía una cuantía por alimentos y el juez, desestimando expresamente ese concepto, ha concedido una indemnización por algo que no se pidió. Entendemos, por tanto, que esto es revocable", afirma.

La situación provocó en
la demandante “un estado de
zozobra, angustia y ansiedad”

El juez dictamina que el doctor actuó con “una absoluta dejación de sus funciones” cuando practicó el aborto porque no verificó la edad gestacional del feto, que era inferior a siete semanas y aconsejaba una intervención química, y no la quirúrgica por aspiración que practicó. Además, considera que prestó “escasa o nula atención” a la ecografía que realizó durante la revisión, por lo que resuelve que incurrió en una clara negligencia médica.

La sentencia considera que tanto el médico como la clínica y sus aseguradoras deben hacerse cargo de los gastos que genere la manutención del hijo de la demandante hasta los 25 años porque su nacimiento no fue deseado ni buscado por ella, que puso todos los medios a su alcance para impedirlo, sino resultado de la negligencia médica constatada.

El fallo, por otro lado, justifica la indemnización por daños morales en que la situación provocó en la demandante “un estado de zozobra, angustia y ansiedad” que se vio acrecentado por el hecho de tener que admitir ante sus padres que estaba embarazada de más de 22 de semanas, cuando hasta esa fecha había querido, y logrado, ocultárselo por miedo a su reacción.

Este estado de angustia y zozobra, estima el juez, se multiplicó en los últimos meses de gestación porque, al desconocer que estaba embarazada durante las primeras 22 semanas, la paciente no se sometió a los controles preceptivos ni tomó las precauciones que se recomiendan ante cualquier embarazo, por lo que existía la posibilidad de que el feto hubiera sufrido daños, además de posibles secuelas por el aborto fallido. El menor, por suerte, nació sano y ahora el médico deberá hacerse cargo de él.

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Sobre la firma

Raquel Vidales
Jefa de sección de Cultura de EL PAÍS. Redactora especializada en artes escénicas y crítica de teatro, empezó a trabajar en este periódico en 2007 y pasó por varias secciones del diario hasta incorporarse al área de Cultura. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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