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Ono pide la devolución de los 8,3 millones que ha aportado a RTVE

La operadora alega que la ley no se ajusta a derecho. La CMT rechaza sus pretensiones

 
 

La operadora de telecomunicaciones Ono ha pedido a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) la devolución de los 8,3 millones de euros que ha aportado desde 2010 para financiar RTVE al entender que la ley que le obliga a realizar estos pagos es inconstitucional y no se ajusta al derecho europeo, según explica la propia CMT en una resolución en la que rechaza la pretensión de la operadora.

La compañía está obligada, al igual del resto de empresas de telecomunicaciones con negocios audiovisuales, a aportar el 0,9% de sus ingresos a RTVE, según la Ley de Financiación de la corporación aprobada en 2009, que ha sido recurrida por las compañías de telecomunicaciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En el primer año completo de aplicación de la norma, y por tanto el primero en el que TVE dejó de emitir publicidad, 2010, Ono desembolsó para financiar RTVE 2,6 millones de euros, un importe que aumentó el año siguiente, hasta los 3 millones de euros y que en 2012 se cifró en 2,7 millones de euros.

En marzo de este año, Ono envió un escrito a la CMT en el que solicita la rectificación y devolución de estos pagos alegando que "la Ley de Financiación CRTVE no se ajusta a derecho y, por tal motivo, perjudica gravemente sus legítimos intereses", según la resolución del Consejo de la CMT.

A juicio de Ono, la aportación no cumple con la directiva europea relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas e "impide de una manera libre el acceso al mercado de las comunicaciones electrónicas, carente de cualquier justificación objetiva y proporcionada".

Asimismo, Ono se queja de que la tasa a las telecos "adolece de vicios de constitucionalidad".

En su respuesta, la CMT, como viene haciendo en los reiterados recursos que han presentado los operadores desde que entró en vigor la ley, señala que "no puede dejar de aplicar una ley en vigor, por muy razonables que puedan ser las dudas en cuanto a su constitucionalidad o su acomodo alordenamiento jurídico comunitario".

"Tratándose de normas vigentes, deben ser observadas y cumplidas por esta Comisión en tanto los supuestos vicios de inconstitucionalidad aducidos por la interesada no sean constatados por el órgano competente; siendo esta una cuestión reservada en todo caso a su determinación por la jurisdicción (ordinaria o constitucional) competente", señala.

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