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El juez archiva el caso de las sedaciones de Leganés

"Se ha practicado mal la Medicina, pero no consta que las muertes sean consecuencias de ello: los pacientes pudieron morir o por la sedación indebida o por su enfermedad inicial", dice el auto que sobresee la causa

El Juzgado de Instrucción número 7 de Leganés ha sobreseído la causa contra ocho médicos del hospital Severo Ochoa de esa ciudad madrileña por la supuesta sedación irregular a 15 pacientes terminales, que murieron poco después de recibir el tratamiento. "Se ha practicado mal la Medicina, pero no consta que las muertes sean consecuencias de ello", dice el juez, que no ha encontrado elementos suficientes para determinar si los fallecimientos se debieron "a la la sedación indebida o a su enfermedad inicial".

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Los hechos juzgados se remontan a 2003, pero salieron a la luz pública dos años después. En marzo de 2005, la Consejería de Sanidad del Gobierno regional de Madrid destituía a la cúpula del hospital Severo Ochoa de Leganés, a raíz de una denuncia anónima sobre "una práctica de eutanasia masiva" con hasta 400 supuestos casos de homicidio. El consejero, Manuel Lamela, dio credibilidad a la denuncia. En el centro del huracán se situó al coordinador del servicio de Urgencias, Luis Montes.

Montes ha afirmado sentirse "muy bien, relajado y tranquilo" tras conocer el sobreseimiento del caso. Montes ha dicho que "es un poco prematuro todavía y hay que estudiar el auto" de sobreseimiento del caso, si bien ha reconocido que "lo que le pide el cuerpo es acudir a los tribunales" por la "terrible campaña" que, a su entender, se ha organizado contra su persona y el centro hospitalario.

Sin embargo, los servicios de inspección de Sanidad de la comunidad sólo detectaron fallos administrativos, sin poder establecer que hubiera malas prácticas médicas en el tratamiento de los enfermos. Poco después, Lamela presentaba un informe sobre la investigación que cifraba en 73 las sedaciones irregulares llevadas a cabo en el hospital entre septiembre de 2003 y marzo de 2005. El consejero veía indicios de responsabilidad penal en los médicos. La Fiscalía de Madrid examinó estos casos, y concluyó que sólo 16 merecían ser investigados por ver si se había incurrido en algún delito.

La familia de uno de los pacientes, un carpintero jubilado de 78 años, presentó una querella por supuesto homicidio imprudente que ingresó en situación agónica terminal en 2003 y falleció horas después, habiéndosele aplicado una sedación. La familia aseguraba que había ingresado "casi andando y salió muerto"; Sanidad lo consideró uno de los casos más claros de sedación contraindicada. El Juzgado de Instrucción número 7 de Leganés archivó el caso por "falta absoluta de indicios". La Audiencia Provincial de Madrid confirmó el fallo, apoyándose en un informe del Colegio de Médicos de Madrid, que estableció que no había quedado probada la relación entre las sedaciones estudiadas y la muerte de los pacientes.

Sin embargo, el mismo juzgado de Leganés ordenó el pasado mes de junio al hospital que le entregara los datos de los médicos que aplicaron las sedaciones a los otros 15 pacientes terminales para citarlos como imputados. Dos meses después, los doctores comparecían ante el juez para declarar. Montes afirmó que ahora los pacientes terminales que son tratados en Leganés "sufren más", debido al cambio "muchísimo y para mal" de las prácticas de sedación tras su destitución.

El juzgado considera ahora que, tras escuchar las declaraciones de los médicos y examinar las pruebas presentadas por las partes, las pesquisas "parecen agotadas y no deben ir más allá", pues no sería posible en ningún caso encontrar "elementos para responsabilizar criminalmente a los imputados por las muertes de sus pacientes tras las sedaciones".

El ex coordinador de Urgencias del Hospital Severo Ochoa de Madrid, Luis Montes, recibe el apoyo del doctor Miguel López Varas, tambien imputado en el caso, a su llegada al juzgado de instrucción número 7 de Leganés, que instruye el caso de las presuntas sedaciones irregulares.
El ex coordinador de Urgencias del Hospital Severo Ochoa de Madrid, Luis Montes, recibe el apoyo del doctor Miguel López Varas, tambien imputado en el caso, a su llegada al juzgado de instrucción número 7 de Leganés, que instruye el caso de las presuntas sedaciones irregulares.EFE

"Se ha practicado mal la Medicina, pero no consta que las muertes sean consecuencias de ello"

El juez cree que "varios pacientes han muerto tras mala práctica médica a la hora de sedarles" si bien no hay pruebas de que el fallecimiento se debiera "exclusivamente a los fármacos prescritos por los doctores". En estos casos "se ha practicado mal la Medicina, pero no consta que las muertes sean consecuencias de ello, pues hay una duda que no puede despejarse: los pacientes pudieron morir o por la sedación indebida o por su enfermedad inicial y esto, para exigir responsabilidad penal, ha de quedar claro".Quiere dejar claro el auto que, "por más confusión que se haya querido generar por parte de algunos", lo que se ha juzgado aquí no es el hecho de si se debe sedar o no a un paciente terminal, ni la forma de proceder de los médicos de Leganés. "Aquí lo que se ha puesto en duda es si, ante determinada enfermedad de un paciente, debió o no ser sedado para morir sin dolor o bien hubo de ser tratado activamente para su curación, y si su muerte fue como consecuencia exclusiva de lo primero".Pues bien, el juez considera que, en cuatro casos, se pudo tratar a los pacientes pero los médicos decidieron sedarle para que muriera sin dolor. No quedó claro que su mal fuera terminal: "Fueron pacientes que, si tenían alguna posibilidad de superar el evento que generó su ingreso, fue suprimida por la sedación, que eliminó la posible expectativa de supervivencia. Todo ello constituye, al criterio de los peritos judiciales, una mala práctica médica". "Además de estas cuatro, en otros 30 [casos] también pueden hablarse de mala praxis", añade el auto. Sin embargo, "no es posible afirmar o negar, con certeza absoluta, si la causa directa de la muerte fue la medicación administrada", y "a falta de elementos suficientes para proseguirse, las actuaciones procedimentales deben ser concluidas al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa".

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