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Competencia frena los cortes salvajes de la publicidad en televisión

El regulador requiere a Atresmedia y Mediaset para que respeten la integridad de los programas

Rosario G. Gómez

La ley audiovisual deja claro los momentos y las condiciones en que determinados contenidos de televisión pueden ser cortados por anuncios. Pero los canales no respetan estas limitaciones, como ha puesto de manifiesto la  Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), que ha requerido a Atresmedia y a Mediaset para que las interrupciones publicitarias que efectúan en sus canales respeten "la integridad" de los programas.

El regulador se ha fijados especialmente en series y películas, contenidos en los que  cortes deben respetar "sus unidades y secuencias para que no se produzca un perjuicio a su integridad". Por eso, la CNMC recuerda que los canales deben ser cuidadosos y buscar un equilibrio entre sus intereses económicos y la preservación del valor y calidad de los programas que emite para no perjudicar a los espectadores.

Competencia incluye en sendas resoluciones una lista de los programas, en su mayoría series nacionales y extranjeras, en los que los cortes alteran esa integridad. En el caso de Atresmedia cita ficciones de gran audiencia como Los Simpson, Modern Family, Con el culo al aire, El mentalista y Bones, que se emiten a través de Neox y de Nova. También figuran películas como Harry el Sucio y Catwoman.

En el caso de Mediaset, observa que no se han respetado los intereses del público durante la emisión de Anatomía de Grey, Castle, House, Entre fantasmas, Medium y CSI Nueva York, entre otras, durante los pases de estas series estadounidenses en los canales Divinity y Energy.

Los cortes salvajes se producen como consecuencia de la aplicación de lo que los operadores denominan "pauta única", es decir, una práctica que consiste en emitir los mismos anuncios simultáneamente en sus diferentes canales para así llegar a todo tipo de públicos. La interrupción se suele realizar en función de las necesidades del canal principal, de modo que a veces en los  secundarios se corta la emisión a mitad de una frase o durante una secuencia de acción.

La CNMC da 10 días de plazo para que los dos operadores de televisión adopten medidas para que las interrupciones publicitarias que se efectúen durante la emisión de programas "respeten su integridad y las unidades que los conforman, de manera que no se perjudiquen los intereses de los espectadores".

También la CNMC ha requerido a 13 TV, el canal en el que participa como principal accionista la Conferencia Episcopal, para que respete el número máximo de inserciones durante la emisión de los programas informativos (una por cada 30 minutos de tope). Estos límites, según el organismo regulador, son sobrepasado por el formato Al día. En este caso da igualmente 10 días de plazo para que 13 TV corrija la situación. De lo contrario, la cadena se expone a una multa por cometer una infracción grave.

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