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El juez ordena la readmisión de la docente casada con un divorciado

Da un plazo de cinco días a Educación para que la docente, despedida de un colegio público por decisión del Obispado de Almería tras casarse con un divorciado, regrese a las aulas

Resurrección Galera y su esposo, que muestra la declaración de idoneidad de la profesora.
Resurrección Galera y su esposo, que muestra la declaración de idoneidad de la profesora. CARLOS BARBA (EFE)

“El fallo es claro. Las sentencias firmes están para ser cumplidas y todas las alegaciones realizadas son totalmente extemporáneas”. Lo dice el juez Juan Carlos Aparicio, magistrado de lo Social número 3 de Almería, al ordenar al Ministerio de Educación la inmediata readmisión de la profesora de religión Resurrección Galera, enviada al paro por el Obispado de Almería en 2001 tras casarse con un hombre divorciado. El varapalo alcanza a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado, además de a Educación y al jerarca católico. Los condenados tienen cinco días para cumplir la decisión judicial y deben pagar a la docente 42.372 euros, de un total de 190.000 que suman los salarios dejados de percibir por la despedida. El juez descuenta de esta última cantidad lo cobrado por Galera del subsidio de desempleo y por otros trabajos desarrollados en ese tiempo.

El despido de Galera fue declarado nulo por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía después de que el Tribunal Constitucional amparase a la docente por vulnerar varios de sus derechos fundamentales (“a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar”), y ordenase repetir todo el procedimiento. Galera volverá a dar clases hasta final de curso, pero recurrirá el fallo en desacuerdo con las cifras tasadas y reclamando que su reingreso sea “indefinido”.

El juez requiere al Ministerio para que “en el plazo de cinco días reponga a Resurrección Galera Navarro en su puesto de trabajo de profesora de moral y religión católica en el colegio público de educación infantil y primaria Ferrer Guardia durante el presente curso escolar, esto es, hasta el 31 de agosto”. “De no hacerlo así”, añade, “se adoptarán las medidas previstas”.

El auto de ejecución de sentencia se ha emitido tras escuchar a las partes en una vista celebrada hace dos semanas para resolver un caso sentenciado hace casi un año en un pleito que se ha prolongado una década. En la vista, la fiscal pidió que el juez declarara la extinción de la relación laboral, al considerar que la readmisión era “imposible” porque la plaza en el colegio está cubierta por otra persona. El juez contesta ahora que “el puesto de trabajo que ocupó en su día la demandante sigue existiendo, aunque ocupado por otras personas, al no haberse amortizado dicha plaza por la Administración”. También afea al representante del ministerio público que no recurriese ese punto de la sentencia en el trámite correspondiente.

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Tampoco ha salido bien parado el abogado del Estado, que sostuvo que la Administración ya había cumplido con su obligación al abonarle a Galera el salario del curso para el que no fue renovada (2001 a 2002). Por su parte, el Obispado de Almería, el auténtico responsable de este largo pleito pese a no tener que pagar cantidad alguna por ello, reclamó para sí la decisión final, dejando en la calle a su exdocente, apelando para ello el concordato de 1979 entre España y el Estado vaticano.

El portavoz de los obispos, Juan Antonio Martínez Camino, dijo este viernes que la responsabilidad de este pleito es del Obispado de Almería, pero aprovechó para quejarse de que “se presiona a los padres para que no puedan elegir la religión”, sin precisar ni dónde ni cómo. Añadió: “No estamos contentos por cómo están regulados el Estatuto de la clase de Religión y sus profesores. Esperamos que se perfeccionen algunas de las cosas que no están bien”. En Almería dan clases de catolicismo en la escuela pública 202 profesores (dos en el colegio de Galera), pagados por el Estado pero seleccionados cada año por el obispo.

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